Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia. (fuente AEDE: politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496933024_470959.h)
Oyoyoy...Que alegria mas grandeeeee...si no fuera porque al final nunca les pasa nada.
EDIT: En "El Pais" se puede leer...
...Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia.
Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia. (fuente AEDE: politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496933024_470959.h)
#1 Los que hicieron regularización fiscal tendrán que pagar al final las sanciones correspondientes a la defraudación que en su día realizaron y que con la amnistía se les decía que se les perdonaría.
Pero esto es solo en teoría. La práctica dependerá de cómo de rico sea el individuo. A los pardillos los multarán; a los grandes ladrones ni de coña.
¿¿¡¡Ahora que muchos de esos delitos habrán prescrito o se habrán destruído todas o casi todas las pruebas de las evasiones o de qué sucios negocios procedían!!???
Lo de este país da para una puta película de terror mafioso.
Dicen que la norma es anticonstitucional, pero que no pasa nada, que lo que se hizo en base a esa norma (anticonstitucional) vale, y que no hay que revisar nada.
-Os vamos a blanquear todo lo que queráis, pero rápido.
-¿Y será anónimo?
-Claro, pero ya, va.
-¿Y no será ilegal?
-Para cuando sea ilegal ya estará hecho
#8 Primero crean una ilegalidad por sus cojones, limpian toda la mierda de sus amigotes, y ahora la cierran sin retroactividad para que no se la cierre otro sin ese detalle extra.
Esto es simple y llanamente un recochineo!!! Ilegal pero sin responsables que paguen la responsabilidad de hacer algo inconstitucional!!! Se cagan y se mean en la constitución y luego acusan a otros de querer cagarse y mearse en la constitución!!
La Justicia no es lenta, es que es mejor que vaya asi de despacio.
- Si robas (pero a lo grande, nada de minucias), para cuando te vayan a condenar, seguramente haya prescrito.
- Si cambias la Constitucion por el metodo Decreto-Ley (porque por los metodos democraticos no puedes) y nos afecta mucho, lo van a declarar anticonstitucional, pero tranqui, que tendras tu tiempo de aprovechar el cambio mientras nos movemos.
- Si presides un banco y lo mandas a la mierda, no te preocupes, tendras una buena pension.
- Si a pesar de lo dicho, ves cierto riesgo de que te envien a la carcel, tu abogado no es el problema. Cambia de juez.
#15¿Pero qué mierda de sentencia es esta?
Dicen que la norma es anticonstitucional, pero que no pasa nada, que lo que se hizo en base a esa norma (anticonstitucional) vale, y que no hay que revisar nada.
A mi me parece normal que si el Estado saca una ley que promete regularizar un dinero sucio y la gente con dinero sucio lo regulariza luego no se pueda ir a por esa gente porque, ¿en qué lugar deja eso al Estado de Derecho? ¿Qué credibilidad van a tener las leyes si aplica la retroactividad? Sería un escándalo.
Por otro lado, los tribunales deberían exigir responsabilidades a los que promulgaron dicha ley y hacerles pagar por las consecuencias que haya tenido. El problema es que esa gente es intocable.
#19 Esto de la seguridad jurídica tiene motivos legales. Tú no puedes exigir que te devuelvan cosas a efecto retroactivo, si no alguien diría "No, ahora resulta que Sociedades lo triplicamos con efecto retroactivo desde cinco años, así quitamos la crisis"
Si los efectos de la anulación no tiene efectos sobre los que se aprovecharon para regularizar la situación es más un simple efecto simbólico que otra cosa.
Y también se puede interpretar como una especie de tomadura de pelo al ver que miles de personas se han aprovechado de una amnistía que al final es declarada ilegal pero los que se aprovecharon no van a sufrir ningún efecto negativo.
#57 No pueden hacer nada. Una ley en su momento declara unas condiciones, haces eso conforme a la ley, luego la cambian y no te pueden juzgar. La seguridad jurídica no contempla retroactividad porque supondría que en cualquier momento se podrían juzgar cosas que hicimos cuando eran legales y ahora ya no. El GObienro del PP sabía que sería declarado ilegal y así han dictaminado, lo que ocurre es que no pueden aplicar una retroactividad
#45 Perdona pero aquí no estamos en un caso de retroactividad de la ley. Estamos en un caso de nulidad de la ley que (jurídicamente) tiene unos efectos muy diferentes (o debería tenerlos).
La nulidad significa que esa ley jamás ha existido. Por lo tanto lo que esos defraudadores declararon a Hacienda declarado está. Lo que está mal es la liquidación que hicieron, por lo tanto Hacienda debe enviar una paralela aplicando los tipos en vigor en el IRPF en ese momento.
Esto en un país normal.
En un país de pandereta como el nuestro donde los jueces son unos políticos más, el TC anula la norma y, contradiciendo toda la lógica jurídica, dice que esa sentencia va a tener efecto "a partir de ahora" (que el plazo ya está cerrado). Pero que en la práctica la anulación no se ha producido.
Despropósito jurídico de principio (el Gobierno) a fín (el TC). Eso sí los chorizos defraudadores se van de rositas como siempre.
"El castigo para los que se aprovecharon de esta ley será reprenderles con el ceño frundido y hacerles prometer que en el futuro se portarán bien", concluye la sentencia.
#72Perdona pero aquí no estamos en un caso de retroactividad. Estamos en un caso de nulidad que (jurídicamente) tiene unos efectos muy diferentes (o debería tenerlos).
Una nulidad tiene efectos retroactivos. Una ley retroactiva es la que se aplica sobre hechos anteriores a la existencia de la ley mientras que en una nulidad se aplican las normas nuevas (en ausencia de la ley anulada) sobre hechos anteriores a la ausencia de la ley (cuando la ley estaba activa). En esencia es lo mismo.
La nulidad significa que esa ley jamás ha existido. Por lo tanto lo que esos defraudadores declararon a Hacienda declarado está. Lo que está mal es la liquidación que hicieron, por lo tanto Hacienda debe enviar una paralela aplicando los tipos en vigor en el IRPF en ese momento.
A mi eso me parece un escándalo jurídico. La Ley deja de tener sentido si en cualquier momento puede dejar de ser válida y sus consecuencias anuladas retroactivamente.
Despropósito jurídico de principio (el Gobierno) a fín (el TC). Eso sí los chorizos defraudadores se van de rositas como siempre.
La ley era injusta y despreciable pero quienes tienen que pagar no son los que han seguido esa ley, sino quienes la han promulgado.
Bueno, era de esperar, pero para los que estaba pensada, Pujoles, Peperos, Borbones, Botines y demás, ha funcionado... El que venga detrás, y no haya aprovechado, que espabile !!!
Igual que con otras medidas, como el medicamentazo y similares: prevarica mientras puedas y que nos quiten lo bailao
De vergüenza, de puta vergüenza que el estado use un decreto para favorecer a los defraudadores, a sabiendas de que lo iban a tumbar cuando ya estén todos "regularizados"
Y de nuevo en ese caso considero que quienes son responsables son los legisladores, no quienes hayan cobrado de más cumpliendo una ley injusta de cuya existencia ellos no son responsables (en principio). Los que promulgan leyes tienen mucha responsabilidad y por ello cobran unos buenos sueldos. ¿Qué sentido tiene pagar por una responsabilidad por la que al final no se rinden cuentas? Así jamás se van a evitar las leyes abusivas. Si solamente paga quien se beneficia de ellas y seguramente menos del beneficio obtenido estas cosas seguirán sucediendo porque son rentables.
#15 Cambia el enfoque y verás que tiene su lógica.
2015: Se permite por ley ir de compras y no pagar más que el 50% de lo adquirido para facilitar la salida de la crisis a los ciudadanos
2015: Las tiendas montan en cólera y presentan denuncia
2019: El TC entiende que la ley es contraria a la constitución.
Opción 1º. Hacer pagar el 50% no pagado desde 2015 a 2019.
Opción 2º. No hacerlo.
Imagina la opción 1º y que tú fueras una de esas personas que de buena fe, no pagó el 50% y ahora de pronto tuvieras que pagar 5000 € (por ejemplo) por ese 50% no pagado durante 4 años.
¿Cual el problema realmente? No es la sentencia. Es la lentitud con la que se dicta la sentencia. Es decir es la falta de medios de los tribunales. En parte porque a los poderes les interesa esa lentitud.
La declaración de nulidad puede ser ex nunc (nulidad irretroactiva, se conservan los efectos producidos antes de la declaración de nulidad) o ex tunc (nulidad retroactiva, se revierten los efectos producidos con anterioridad a la declaración de nulidad).
#79 Lo que tú dices es exactamente lo que yo digo. "Una nulidad tiene efectos retroactivos" pero eso para entendernos.
Una nulidad significa que la ley no ha existido jamás.
Por eso es inconcebible que el TC diga que no afecta a los que regularizaron. ¿Regularizaron en base a qué? ¿A una ley inexistente?
Si yo presento en Hacienda una declaración de renta diciendo que he ganado 3 millones de euros y que me toca pagar 300.000 la paralela saldrá directamente de Gestión tributaria, sin inspección ni nada. Pues eso es exactamente lo que han hecho estos defraudadores, han declarado una pasta sin ninguna cobertura legal más que la vigente ley de IRPF
#91el escándalo jurídico es que haya leyes que contradigan a la ley superior.
Por supuesto.
En cuanto a penalizar a los que siguen la ley, yo no lo veo así, lo que debería ocurrir simplemente es que se anule la amnistía, pues era ilegal. Eliminada la amnistía, los fondos ilícitos/irregulares vuelven a serlo y con una inspección se pueden sancionar con la legalidad vigente.
Aunque parezca una especie de abogado del diablo, a mi me eso no me parece justo.
#89 Fíjate en la definición de nulidad ex tunc
"Por ejemplo, la declaración judicial de una nulidad de pleno derecho, establece que esa relación jurídica jamás existió, se crea una ficción jurídica que da como resultado como que no nació nunca, por ello se dice que tiene efecto "ex tunc", retrotrayendo todo al momento anterior al "pretendido" inicio de la relación cuestionada y decretando que todos los efectos desplegados en ese espacio de tiempo (desde su inicio hasta el momento de la declaración), jamás han existido en el mundo jurídico. es.wikipedia.org/wiki/Ex_tunc
Y estamos en este caso. Al utilizar el Gobierno la figura del Real Decreto, que no se podía utilizar en este caso según el TC, la nulidad es de pleno derecho la regulación no ha existido, por eso insisto en la incongruencia de declarar que "no tiene efectos". Vaya si los tiene (o debería tenerlos).
Mantengo lo dicho esta es una sentencia "política" donde el TC dice una cosa y la contraria para no dejar en mal lugar al Gobierno y sobretodo a los defraudadores.
Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia.
(fuente AEDE: politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496933024_470959.h)
Ya me gustaría.
aquí más info politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496933024_470959.h
www.youtube.com/watch?v=7tdMP5i3Cj0
EDIT: En "El Pais" se puede leer...
...Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia.
Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces. "No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia.
(fuente AEDE: politica.elpais.com/politica/2017/06/08/actualidad/1496933024_470959.h)
Pero esto es solo en teoría. La práctica dependerá de cómo de rico sea el individuo. A los pardillos los multarán; a los grandes ladrones ni de coña.
¿¿¡¡Ahora que muchos de esos delitos habrán prescrito o se habrán destruído todas o casi todas las pruebas de las evasiones o de qué sucios negocios procedían!!???
Lo de este país da para una puta película de terror mafioso.
La decisión no tiene efecto sobre los expedientes de aquellos contribuyentes que ya han regularizado su situación con Hacienda.
los de mas de 100.000 euros pagaron el 10% y los legales el 43% ,
ahora se nos sigue quedando cara de ....
Dicen que la norma es anticonstitucional, pero que no pasa nada, que lo que se hizo en base a esa norma (anticonstitucional) vale, y que no hay que revisar nada.
-¿Y será anónimo?
-Claro, pero ya, va.
-¿Y no será ilegal?
-Para cuando sea ilegal ya estará hecho
Los que cumplieron la ley pagaron más de un 40% en impuestos; los que no lo hicieron y se acogieron a la amnistía fiscal (que en teoría hacía pagar el 10%) acabaron pagando menos del 3% (www.eldiario.es/papeles-castellana/amnistia-fiscal-Rajoy-dinero-opaco_)
Un regalo para los ladrones, por parte del gobierno de los más corruptos.
O sea... Todos, ¿no?
Vamos que ahora que ya da igual la maf... Digooo, el PP ha permitido que el tribunal se pronuncie, ¿no?
Ojo
-La Cataluña independiente (independiente de las neuronas)
Otra vez lo han vuelto a hacer, no me lo creo pero siempre innovando en materia de corrupción.
La Justicia no es lenta, es que es mejor que vaya asi de despacio.
- Si robas (pero a lo grande, nada de minucias), para cuando te vayan a condenar, seguramente haya prescrito.
- Si cambias la Constitucion por el metodo Decreto-Ley (porque por los metodos democraticos no puedes) y nos afecta mucho, lo van a declarar anticonstitucional, pero tranqui, que tendras tu tiempo de aprovechar el cambio mientras nos movemos.
- Si presides un banco y lo mandas a la mierda, no te preocupes, tendras una buena pension.
- Si a pesar de lo dicho, ves cierto riesgo de que te envien a la carcel, tu abogado no es el problema. Cambia de juez.
Esto SÍ es Marca España.
Dicen que la norma es anticonstitucional, pero que no pasa nada, que lo que se hizo en base a esa norma (anticonstitucional) vale, y que no hay que revisar nada.
A mi me parece normal que si el Estado saca una ley que promete regularizar un dinero sucio y la gente con dinero sucio lo regulariza luego no se pueda ir a por esa gente porque, ¿en qué lugar deja eso al Estado de Derecho? ¿Qué credibilidad van a tener las leyes si aplica la retroactividad? Sería un escándalo.
Por otro lado, los tribunales deberían exigir responsabilidades a los que promulgaron dicha ley y hacerles pagar por las consecuencias que haya tenido. El problema es que esa gente es intocable.
Ahora hay que ofrecer una salida honrosa a Montoro.
es.wikipedia.org/wiki/Harakiri
Y menos de una sentencia de éste tipo... que dice que fue ilegal pero que no pasa nada...
Y también se puede interpretar como una especie de tomadura de pelo al ver que miles de personas se han aprovechado de una amnistía que al final es declarada ilegal pero los que se aprovecharon no van a sufrir ningún efecto negativo.
La nulidad significa que esa ley jamás ha existido. Por lo tanto lo que esos defraudadores declararon a Hacienda declarado está. Lo que está mal es la liquidación que hicieron, por lo tanto Hacienda debe enviar una paralela aplicando los tipos en vigor en el IRPF en ese momento.
Esto en un país normal.
En un país de pandereta como el nuestro donde los jueces son unos políticos más, el TC anula la norma y, contradiciendo toda la lógica jurídica, dice que esa sentencia va a tener efecto "a partir de ahora" (que el plazo ya está cerrado). Pero que en la práctica la anulación no se ha producido.
Despropósito jurídico de principio (el Gobierno) a fín (el TC). Eso sí los chorizos defraudadores se van de rositas como siempre.
c.c. #46
Lo cual nosnlleva a que el máximo generador de inseguridad jurídica es el constitucional con su tardanza en sentenciar.
Pero upyd eran fachas y nadie les votaba así que a joderse
Una nulidad tiene efectos retroactivos. Una ley retroactiva es la que se aplica sobre hechos anteriores a la existencia de la ley mientras que en una nulidad se aplican las normas nuevas (en ausencia de la ley anulada) sobre hechos anteriores a la ausencia de la ley (cuando la ley estaba activa). En esencia es lo mismo.
La nulidad significa que esa ley jamás ha existido. Por lo tanto lo que esos defraudadores declararon a Hacienda declarado está. Lo que está mal es la liquidación que hicieron, por lo tanto Hacienda debe enviar una paralela aplicando los tipos en vigor en el IRPF en ese momento.
A mi eso me parece un escándalo jurídico. La Ley deja de tener sentido si en cualquier momento puede dejar de ser válida y sus consecuencias anuladas retroactivamente.
Despropósito jurídico de principio (el Gobierno) a fín (el TC). Eso sí los chorizos defraudadores se van de rositas como siempre.
La ley era injusta y despreciable pero quienes tienen que pagar no son los que han seguido esa ley, sino quienes la han promulgado.
De vergüenza, de puta vergüenza que el estado use un decreto para favorecer a los defraudadores, a sabiendas de que lo iban a tumbar cuando ya estén todos "regularizados"
Y de nuevo en ese caso considero que quienes son responsables son los legisladores, no quienes hayan cobrado de más cumpliendo una ley injusta de cuya existencia ellos no son responsables (en principio). Los que promulgan leyes tienen mucha responsabilidad y por ello cobran unos buenos sueldos. ¿Qué sentido tiene pagar por una responsabilidad por la que al final no se rinden cuentas? Así jamás se van a evitar las leyes abusivas. Si solamente paga quien se beneficia de ellas y seguramente menos del beneficio obtenido estas cosas seguirán sucediendo porque son rentables.
2015: Se permite por ley ir de compras y no pagar más que el 50% de lo adquirido para facilitar la salida de la crisis a los ciudadanos
2015: Las tiendas montan en cólera y presentan denuncia
2019: El TC entiende que la ley es contraria a la constitución.
Opción 1º. Hacer pagar el 50% no pagado desde 2015 a 2019.
Opción 2º. No hacerlo.
Imagina la opción 1º y que tú fueras una de esas personas que de buena fe, no pagó el 50% y ahora de pronto tuvieras que pagar 5000 € (por ejemplo) por ese 50% no pagado durante 4 años.
¿Cual el problema realmente? No es la sentencia. Es la lentitud con la que se dicta la sentencia. Es decir es la falta de medios de los tribunales. En parte porque a los poderes les interesa esa lentitud.
La declaración de nulidad puede ser ex nunc (nulidad irretroactiva, se conservan los efectos producidos antes de la declaración de nulidad) o ex tunc (nulidad retroactiva, se revierten los efectos producidos con anterioridad a la declaración de nulidad).
Una nulidad significa que la ley no ha existido jamás.
Por eso es inconcebible que el TC diga que no afecta a los que regularizaron. ¿Regularizaron en base a qué? ¿A una ley inexistente?
Si yo presento en Hacienda una declaración de renta diciendo que he ganado 3 millones de euros y que me toca pagar 300.000 la paralela saldrá directamente de Gestión tributaria, sin inspección ni nada. Pues eso es exactamente lo que han hecho estos defraudadores, han declarado una pasta sin ninguna cobertura legal más que la vigente ley de IRPF
Por supuesto.
En cuanto a penalizar a los que siguen la ley, yo no lo veo así, lo que debería ocurrir simplemente es que se anule la amnistía, pues era ilegal. Eliminada la amnistía, los fondos ilícitos/irregulares vuelven a serlo y con una inspección se pueden sancionar con la legalidad vigente.
Aunque parezca una especie de abogado del diablo, a mi me eso no me parece justo.
Eso depende del tipo de nulidad (ver #89).
"Por ejemplo, la declaración judicial de una nulidad de pleno derecho, establece que esa relación jurídica jamás existió, se crea una ficción jurídica que da como resultado como que no nació nunca, por ello se dice que tiene efecto "ex tunc", retrotrayendo todo al momento anterior al "pretendido" inicio de la relación cuestionada y decretando que todos los efectos desplegados en ese espacio de tiempo (desde su inicio hasta el momento de la declaración), jamás han existido en el mundo jurídico.
es.wikipedia.org/wiki/Ex_tunc
Y estamos en este caso. Al utilizar el Gobierno la figura del Real Decreto, que no se podía utilizar en este caso según el TC, la nulidad es de pleno derecho la regulación no ha existido, por eso insisto en la incongruencia de declarar que "no tiene efectos". Vaya si los tiene (o debería tenerlos).
Mantengo lo dicho esta es una sentencia "política" donde el TC dice una cosa y la contraria para no dejar en mal lugar al Gobierno y sobretodo a los defraudadores.