En menos de dos años, Juan Carlos y Roberto ya tienen en cartera 17 pisos que alquilan para después subarrendar las 80 habitaciones. Con este negocio se esperan embolsar más de medio millón al año.
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etiquetas: vivienda , empresaurios , arrendamiento
Artículo 8. Cesión del contrato y subarriendo.
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.
2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador.
El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el presente Título para el arrendamiento cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el subarrendatario a la finalidad indicada en el artículo 2.1. De no darse esta condición, se regirá por lo pactado entre las partes.
El derecho del subarrendatario se extinguirá, en todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que subarrendó.
El precio del subarriendo no podrá exceder, en ningún caso, del que corresponda al arrendamiento.
Por lo que me extraña lo de sus beneficios...
Ahora mismo, comprarán los que más liquidez tengan, que son muchos menos que aquellos que tenían que recurrir a la colaboración del banco para adquirir la propiedad.
Y si la economía petara como petó hace 15 años(que ni de lejos está a ese nivel), el negocio se les iría a tomar por culo.
Y además, el alquiler de habitaciones no está (o estaba cuando yo fui inquilino de este sistema) regulado por la LAU, sino por el código civil.
Lo que tú pones es,salvo mejor opinión, su yo alquilo para vivir y me voy 6 meses y decido subarrendar el piso si no había cláusula que lo prohíba.
Yo creo que son casos distintos.
Hasta donde yo se (que no es mucho, dicho sea de paso) el alquiler de habitaciones es legal.
Y el subarriendo, si no se prohíbe por contrato, también es legal.
Ojalá tengan que vivir una temporada en la calle. Sería una bonita lección.
"Descubrimos este negocio..."... El negocio de cutrificar.
ante abusos así es mas que necesario.
Dónde está el problema/ilegalidad?
Lo más probable, es que muchos que alquilen, intenten alquilar habitaciones de viviendas de uso habitual por el código civil, intenten alquilar viviendas de uso turístico o hacer contratos de vivienda de temporada
sindicatdellogateres.org/es/recurso/guia-clausulas-abusivas/
Prohibición de subarrendamiento
“El arrendatario no podrá en ningún caso subarrendar total o parcialmente la vivienda.”
Subarrendar la vivienda sin el consentimiento del arrendador, es motivo de resolución del contrato. Por lo tanto, si pretendemos compartir piso, hay que fijarnos en que no aparezca esta prohibición.
“El arrendatario podrá subarrendar parcialmente la vivienda, siempre que lo notifique previamente a la parte arrendadora.”
En este caso, podremos subarrendar la vivienda sin pedir permiso a la propiedad, habrá suficiente al comunicarlo previamente.
Si el contrato no estableciera nada sobre si se puede o no subarrendar, el arrendatario podrá subarrendar el local, total o parcialmente, sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador (artículo 32 LAU).
¿No podéis alquilar casas 10 años después? Pues que os den bien por culo. Así de claro. "Adaptarse o morir", ya sabéis.
De ahí que les cueste encontrar candidatos para sus chanchullos raros.
Además, viendo el vídeo, si es que parece un sketch de Pantomima Full. Ya tienen otro tema.
Aunque viendo lo retrasados que son, no parece que vayan a durar mucho. Basta que un piso de los 17 les de un problema gordo para que acaben con el agua al cuello.
y otra alquilar 20 pisos, para subalquilarlos en habitaciones.
Cuando fui a vivor a BCN hace 20 años ya habia viejas que te alquilaban habitaciones en sus propios pisos por una fortuna
Si, con el consentimiento del arrendador. www.iberley.es/practicos/caso-practico-subarriendo-vivienda-practica-l
Pretender que todo el mundo pueda vivir en el centro de Barcelona a bajo precio es simplemente utópico, en cualquier modelo.
Esta gente se dedica a alquilar pisos, dividirlos, cutrificarlos y amontonar gente.
Entiendo que están en fase de crecimiento y pidiendo préstamos para tener cartera, etc. pero vamos que es un 2,4% de beneficio sobre lo facturado.
¿Conoces algo que esté prohibido y no se haga?
Cuando yo vivia en un piso de mis padres en Madrid, alquilaba la habitacion principal a otro estudiante por 300 euros.
Contrato por la duracion del curso academico, Sept-Junio, gastos a parte y todos contentos con todo legal
Y los que nos puedan/quieran comprar... mmmmm....
Ese enriquecimiento ni es productivo, ni genera riqueza en la comunidad y si lo unes al acaparamiento pues así nos luce el pelo.
Espero que si algún dia el agua es escasa, por ejemplo, seamos tan comprensivos con los emprendedores. (Aunque sean dos miserables como estos)
Rentistas son estos, como rentistas son los dueños de los pisos, todos intermediarios que no generan riqueza, sino que se quedan con la riqueza que otros han generado trabajando.
Acaparar pisos para forzar alquileres siempre va a dañar al motor económico, no genera riqueza alguna, al igual que la especulación.
El problema es que los precios en general no están regulados de ninguna manera, pero esta gente alquila pisos, los adecenta y alquila habitaciones...pues bien por ellos.
descubrieron esa forma de hacer negocios "por vídeos de YouTube, por Facebook y por muchos gurús que intentan vender que en un año vas a ser rico
espero que no fuera con estos cursos.
menudos gilipollas ratas usureros aprovechados y demás adjetivos sinónimos de miserables. así se pudran. las grandes ciudades están llenas de gente así, oportunistas que aportan poco a la sociedad, más bien al contrario hacen el mundo un poco peor
otros intermediarios más
De todas formas, de cuáles soy yo es del todo irrelevante para darse cuenta de la mierda de argumento que esgrimes en #71.
Yo he estado de alquiler y he alquilado a otros, y casi que la primera cláusula es la de prohibir el subarendamiento.
Espero que nunca te pase, pero ver que tienes que encontrar dónde dormir y no hay porque no te alcanza teniendo un sueldo o porque son todos apartamentos turísticos o están en manos de ratas como éstas te hace mucho, pero que mucho daño. Les deseo toda la ruina posible y que algún día se vean con sus cosas en la puerta y no teniendo donde ir, para que sepan a qué están contribuyendo.
Soluciones de izquierda: impuestos, impuestos, impuestos y prohibir, restringir.
Sirve siempre, da igual cuando se lea.
No sé, Rick.
Ilústranos a los ignorantes, por favor.
A ver si el problema será que os pensáis que todo el mundo es multimillonario y se puede pagar áticos de 400m2 en el centro de las ciudades.
Pero tú puedes alquilar como empresa para realquilar. No todo alquiler se rige por la LAU. El alquiler de habitaciones mismo no se rige por esta ley.
Es decir, yo alquilo para vivir y tu no pones ninguna cláusula y/o me das permiso para alquilar mi casa cuando me voy de vacaciones y yo no puedo pedir más de lo que te pago a ti.
Pero eso es distinto a un contrato de alquiler para uso distinto a vivienda "residencial" entre un propietario y una empresa, con el cual la empresa deja claro que va a convertir el piso en un alquiler por habitaciones, que no se regula por la Lau...