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La Botella, a un contenedor con rejas. La vulneración del derecho de huelga en el Código Penal

Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal. Artículo 8 Exclusiones: Las empresas no podrán celebrar contratos de puesta a disposición en los siguientes casos: a) Para sustituir a trabajadores en huelga en la empresa usuaria. Código Penal (BOE 24-IX-1995). Título XV. De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Artículo 315 [Limitaciones a la libertad sindical]. 1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses los que mediante engaño o abuso...

| etiquetas: trabajadores , derecho huelga , código penal , ett , empresas

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