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Cláusulas suelo: No habrá retroactividad

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE propone que se declare que la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas «suelo», incluidas en los contratos de préstamo hipotecario en España, es compatible con la Directiva. El Abogado General considera que, a título de excepción, las mencionadas repercusiones pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre el consumidor y el profesional.

| etiquetas: hipotecas , clausula suelo , bancos

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