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La responsabilidad laboral de las comunidades de vecinos por los servicios que contraten

En las comunidades de vecinos es muy habitual contratar a una empresa para el servicio de limpieza. Pero pocos serán los vecinos que sepan que el Estatuto de los Trabajadores dispone que toda empresa es corresponsable del pago de los salarios de los trabajadores de las otras empresas que contrate o subcontrate para realizar su propia actividad. Por ejemplo, supongamos que una empresa constructora A subcontratara a otra empresa constructora B para hacer una obra. Si B no pagara los salarios a sus trabajadores, estos podrían (...)

| etiquetas: vecinos , comunidades , empresa

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