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El Supremo acuerda que no cabe retorno de un menor con sus padres biológicos si hay riesgo psíquico

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que para acordar el retorno de un niño desamparado a su familia biológica no basta con una evolución positiva de los padres, sino que hay que tener en cuenta otras circunstancias, entre ellas que ello no comporte un riesgo relevante psíquico del menor.Así lo indica la Sala de lo Civil del TS en una resolución, en la que acuerda que una niña siga con su familia de acogida y que no sea devuelta a su madre biológica

| etiquetas: tribunal , supremo , menor , retorno , padres biológicos , riesgo psíquico

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