También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título
Ponen los informes administrativos al mismo nivel que las sentencias judiciales.
#16 y que organismo te da un informa administrativo sin que haya denuncia e intervención por parte de la fiscalía... más cuando tienen obligación de poner cualquier caso en manos de la fiscalía... sigues mintiendo no se si por maldad o por ignorancia.
#1 Sí un chollazo, cometer un delito solo para conseguir durante un tiempo limitado un subsidio parcial gastando paro y que encima tienes que seguir trabajando. Qué buena idea.
Uno de los factores que hace que las mujeres maltratadas no denuncien viene de que no tienen independencia económica y les impiden marcharse de casa, y más razón si tienen hijos a su cargo, supongo que está medida está pensada para que puedan sobrevivir los primeros meses en los que están alejados del maltratador mientras van avanzando en su carrera laboral hasta un trabajo a jornada completa.
#5 De verdad estás gastando tiempo en explicárselo? Por su comentario ya tiene una idea bien formada de hordas de feminazis quitándonos el pan a los pobres machosheteros oprimidos
En fin, la puta asimetria de siempre...luego se preguntarán por el hostiazo de Podemos. Aunque sea un hombre frente a 10 mujeres este tipo de leyes son una mierda.
#15 A no ser que sea una modificación y a nivel nacional, estatal o como sea, no he leido pero ya digo compadre que eso existe desde hace unos años al menos yo lo que he visto, y me parce muy bien.
#5 En caso de maltrato o simplemente si se rompe la pareja, es el hombre el que se tiene que ir si hay hijos de por medio.
La vivienda es de los hijos y la madre se suele quedar con la custodia. Además el hombre pasa la pensión alimenticia a los niños, estén o no casados.
No conozco ningún caso donde sea al revés, que la madre abandone el hogar, aunque la vivienda sea del hombre.
“Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán… » ver todo el comentario
#8 ¿Entonces vas a cometer un delito de falsificación de documento público involucrando a un funcionario solo para cobrar medio paro del que has generado durante unos cuantos meses?
#14 Te diría que no pero han juzgado a gente por falsificar certificados de vacunación del COVID para ir a tomarse unas cervezas a un bar sin pincharse...
También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título
Ponen los informes administrativos al mismo nivel que las sentencias judiciales.
Ya existen víctimas a punta pala.
Uno de los factores que hace que las mujeres maltratadas no denuncien viene de que no tienen independencia económica y les impiden marcharse de casa, y más razón si tienen hijos a su cargo, supongo que está medida está pensada para que puedan sobrevivir los primeros meses en los que están alejados del maltratador mientras van avanzando en su carrera laboral hasta un trabajo a jornada completa.
En fin, la puta asimetria de siempre...luego se preguntarán por el hostiazo de Podemos. Aunque sea un hombre frente a 10 mujeres este tipo de leyes son una mierda.
Yo no entiendo nada.
La vivienda es de los hijos y la madre se suele quedar con la custodia. Además el hombre pasa la pensión alimenticia a los niños, estén o no casados.
No conozco ningún caso donde sea al revés, que la madre abandone el hogar, aunque la vivienda sea del hombre.
violenciagenero.igualdad.gob.es/informacionUtil/acreditacion/home.htm
“Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán… » ver todo el comentario