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Estrasburgo da la razón a UGT y señala que el coste de los despidos improcedentes en España vulnera la Carta Social Europea

Estrasburgo da la razón a UGT y señala que el coste de los despidos improcedentes en España vulnera la Carta Social Europea

La resolución del órgano de justicia del Consejo de Europa va en la línea de que la normativa española no es suficientemente reparadora ni proporcional al daño que producen los despidos sin causa porque fija de manera predeterminada y única la indemnización

| etiquetas: ugt , despido , indemnización
  1. #1 Buenos días,

    España no es un estado fallido. Eso pasa cuando el estado y las fuerzas del orden no pueden garantizar el cumplimiento de las leyes.

    Aquí lo pueden garantizar. Lo que pasa es que cuando no se cumple no es porque no se pueda, sino porque no se quiere, generalmente cuando hay políticos y amiguetes implicados.

    En cuanto al trabajador, las leyes se cumplen y somos explotados de acuerdo a la ley vigente.

    Otra coas es que la ley esté hecha para explotarnos, pero eso no creo sea la definición de estado fallido sino de estado capitalista y liberal.

    Por supuesto que puedo estar equivocado.
  2. El tema de los 33 días hizo daño pero lo que de verdad hizo daño fue la bajada del tope de 42 meses a 24. Es practicamente la mitad de la indemnización y lo hicieron de manera que afectara incluso a contratos posteriores a la firma de la medida.
  3. #1 ¿Tu sabes lo que es un estado fallido? Creo que en esta web se frivoliza mucho con esa expresión.
  4. No es sólo el límite de días por años sino esa manera repugnante de limitar la indemnización total, como si no contasen los miles de años de antigüedad en las empresas. La puerta abierta a despedir barato a los más antiguos. Veréis cómo sacan pronto ese detallito del debate para lucirse con asuntos de menor cuantía.
  5. #4 “El término Estado fallido es empleado por expertos, políticos, periodistas y comentaristas políticos para describir un Estado soberano que, se considera, ha fallado en: garantizar el funcionamiento normal de la administración general, estabilizar la economía, garantizar el acceso a servicios básicos a su población y controlar la criminalidad y/o terrorismo entre otros.”

    Dime tú qué consideras “funcionamiento normal”. Suiza? EEUU? China? Alemania?
    Igual es que tu concepción de la normalidad es algo más parecido a la excelencia.
    Te animo a que salgas un poco fuera, con cualquiera que hables te dirá que ojalá tuvieran un estado fallido como el nuestro.
  6. #10 En tu mismo enlace hay un listado de países fallidos y en riesgo de convertirse en fallidos, España no está en ninguna lista, por si ayuda a tus dudas.
  7. Curiosamente, si uno busca información sobre este asunto en los medios españoles el mensaje es único y directo: España es uno de los países de Europa con mayores costes de despido. Así que o los medios y las asociaciones empresariales mienten, o miente Estrasburgo. :roll:
  8. los jueces españoles  media
  9. #2 es.m.wikipedia.org/wiki/Estado_fallido
    Para que cualquiera pueda hacer una revisión crítica de la definición y nuestra situación y decidan ellos si somos más estado fallido o democracia plena...
  10. #5 Lo que también daño mucho fue quitar los salarios de tramitación, ahora a la empresa no pagarte o pagarte menos le cuesta 0 porque en el juicio solo tiene que pagar "lo que le corresponde" si tuvieran que pagar más ya sean salarios ya sea multa, se lo pensaban 2 veces antes de hacer un falso despido procedente.
  11. Así pues podemos decir que en España el despido es libre y la indemnización ilegal...
    Que relación más sana entre empleados y empleadores no?!?!
    Que maravilla de estado fallido nos estamos currando entre todos, enhorabuena!!!
  12. #5 y los salarios de tramitación. Antes te lo pagaban todo rápido para no entrar en procesos porque si perdían te tenían que pagar hasta la fecha del juicio.
     
    Después de eso ya te pagan lo mínimo y si quieres denuncia
  13. #1 te flipas bastante, no?
  14. #8 No dirijo la política de este país ni he participado en la elaboración de la definición de estado fallido pero es indiscutible que nuestra situación encaja en demasiados puntos de esa definición. Que cambien esos aspectos o la definición tampoco depende de mi ;)
  15. #11 Más bien la legislación española.
  16. #2 Este es que es de la elite iluminada. Ni caso. xD xD xD
  17. #18 Discúlpame, pero no lo entiendo. ¿Cómo puede ser que sea "demencialmente caro" despedir a alguien y que la vez vulnere la Carta Social Europea y no sea lo suficientemente reparadora ni proporcional al daño?
  18. #31 Claro, el problema de los bajos salarios en España es que existe un SMI. Porque si no existiera un límite inferior al salario que se puede pagar, los sueldos, de media, serían más altos. Es totalmente lógico. :foreveralone:

    Claro que, igual es al revés... o sea, que una alta tasa de paro empuja los salarios hacia abajo y con unos salarios tan bajos se incentiva el trabajo en negro, que en computo nos da tasas de paro irreales de un 30%.
  19. #31 En algunos de esos países los despidos ni siquiera son libres. No se puede despedir a alguien porque sí pagando una indemnización. En otros, no hay una normativa estatal sobre despido pero porque están recogidos en los convenios sectoriales que sí la tienen y bien alta.
  20. #12 Es que el despido en España es demencialmente caro y más comparado con el resto de países de Europa.

    Otro tema es que el articulado actual de la ley no sea correcto por la forma en que funciona el cálculo de su cuantía, que es a lo que se refiere Estrasburgo.

    www.eleconomista.es/economia/noticias/12477124/10/23/espana-tiene-el-d  media
  21. #30 Pues solo sabemos lo que nos dice los los de UGT porque no nos dejarán ver la resolución hasta dentro de unos meses.

    La noticia habla algo de que no es posible limitar aún juez si tuviera que fallar por encima de esa tabla. Además, tienes que entender que el despido es algo que no te pueden imponer como país, solo en europa hay un montón que no lo tienen y en el mundo muchísimos más.

    www.google.com/search?q=paises+ain+indenmizacion+por+despido&oq=pa

    En Europa existe un total de nueve países que carecen de SMI y en donde el coste directo del despido es cero: Suiza, Noruega, Islandia, Austria, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Italia y Chipre. Estos mismos países son, precisamente, los que registran el paro más bajo y sueldo medio más alto del continente
  22. Me sorprende bastante. La indemnización por despido en España no es especialmente baja respecto a la UE, más bien es el despido más caro o de los más caros del continente.

    Tiene que ser o una interpretación errónea del periodista o se referirá a algún punto en concreto.
  23. #10 España con todas sus carencias y problemas, esta en el top 20 de practicamente cualquier listado (positivo) que hagas.
  24. #6

    Eso no es del todo exacto.

    La indemnización total no está limitada en ninguna parte, lo que te pagan como indemnización es el MÍNIMO por ley, pero te podrían poagar más y de hecho, cuando hay salidas incentivadas se dan incentivos para ello (cada vez menos, eso sí)

    Lo único limitado por ley es la parte libre de impuestos, que coincide con ese mínimo o 180.000 euros si antes llegas a ello.

    La forma barata de echar a los antigüos ya la puso Rajoy en 2012, pasando de 42 meses de indemnización a 24.
  25. #29 Estupendo. ¿Me explicas, entonces, la sentencia de Estrasburgo? Debo de ser muy tonto, pero no entiendo cómo siendo tan carísimo despedir en España, en Europa nos acaban de sacar los colores.
  26. #34 No sé, es que el caso de España es digno de estudio por sus peculiaridades. Nuestras tasas de paro, históricamente, han sido siempre muy elevadas. Tan elevadas en algunas zonas, que no se las cree nadie y serían sintomáticas de una economía sumergida, o informal, bastante importantes. Curiosamente, casi calcadas, en aquellas provincias en donde el sector agrario tiene más peso...
  27. #18 yo esa tabla simplemente no la creo.
    Acabo de preguntar a varias IA la indemnización de despido para 20 años trabajados con un sueldo de 40k anuales.

    En España:
    * Antiguedad: 20 años
    * Salario bruto anual: 40.000 euros
    * Indemnización:
    * 33 días por año trabajado * 40.000 euros/año / 365 días/año = 363.64 euros/día * 20 años = 72.728 euros
    En Francia:
    * Antiguedad: 20 años
    * Salario mensual: 40.000 euros / 12 = 3.333 euros
    * Indemnización:
    * 1/5 * 3.333 euros/mes * 20 años = 13.332 euros/año * 20 años = 266.640 euros
    Si esto es correcto la tabla de ese informe está mal.
  28. #13 El techo que puede exigir un juez. ¿Así mejor?
  29. #5 33 o 45 te dan lo mismo en contratos de escasa antigüedad, que son cada vez más.

    En otros países es común un bonus por firma de contrato lo que te protege en un cambio de empresas, aquí nunca me lo han ofrecido y encima periodos de prueba de seis meses.

    Resultado, solo he cambiado de empresa cuando estaba ya en el paro. Y hasta en algún sitio que entré por ETT para un puesto y me quedé de plantilla en otro, con dudas por si me largaban pagando una miseria al año con poca antigüedad
  30. #14

    No necesariamente. Si tienes un contrato previo por una indemnización mayor y no te la quieren dar el juez no tiene por qué atenerse a ese techo sino al del contrato.
  31. #2 es cierto, pero cuando tienes una Constitución cuyo articulado se incumple, no sólo con mucha frecuencia, sino con absoluta frivolidad, da mucho que pensar.
    Yo no me siento igual a mucha gente, no siento que tenga derecho a la tutela judicial efectiva, no siento que la justicia trate a todos por igual, no siento que la justicia se administre en nombre del pueblo, no siento que haya total libertad de expresión, no siento que mucha gente tenga derecho a una vivienda digna (no es mi caso), o por finalizar, hay mucho más , no siento que los medios me proporcionen información veraz.
    No será fallido pero si una decepción grande
  32. El pozo de bilis que es la justicia española. En cuanto se puede ver desde fuera hay destellos de la mierda que hay dentro.
  33. #10 en que puntos encaja ?? Estamos locos o vivimos en países distintos ?
  34. #16 igual no vive en España no se me ocurre nada más que lo explique
  35. #48

    Sí, es el de la mayoría de la gente. Pero por ejemplo conozco casos de que las empresas dan más de eso para que la gente se vaya por ejemplo en prejubilaciones (eso es un despido aplazado en varios años)
  36. #52

    Yo he visto desde darte 6000 pavos a mayores a ofrecer una pasada de pasta, a dividir en diversos años (si me ofrecen eso mismo a mí, con mi edad, tiro el boli en el acto, pero no es lo mismo que lo ofrezcan a mí que ando más pendiente de la prejubilación que unas chicas de 40 tacos una de ellas con tres hijas y con marido que no es precisamente el lápiz más afilado de la caja)
  37. #4 La vivienda no esta garantizada y se especulacon ella, la riqueza cada vez esta peor distribuida consiguiendo que un porcentaje pequeño de la población acumule una mayoria de la riqueza, la corrupción esta instalada en ciertos partidos politicos, se reparten el dinero publico entre amigos de politicos con una red clientelar que se retroalimenta mediante puertas giratorias, los servicios basicos como luz, agua, gas y alimentos no se garantizan, hay muchos trabajadores que son pobres, tener trabajo no les saca de la pobreza, el narcotrafico no es atacado en condiciones y mientras se mantienen FSE en provincias donde no trabajan en otras donde se les necesita no tienen apenas recursos, los jueces hacen politica, los recursos del estado no se emplean en lo que mejoraria a la población y se mantiene una deuda de mas del 100% del PIB, los ricos particulares o grandes empresan pagan poco o nada en impuestos,...

    Si no es un estado fallido, se le parece mucho
  38. Estrasburgo estasburgo etasburg etasb eta eta eta eta
  39. #15 los jueces podrían defender al trabajador apelando a las directivas europeas pero solo se dedican a lo que todos podemos ver
  40. #12 www.heraldo.es/noticias/economia/2023/04/02/despido-espana-no-es-barat

    Doble que en francia y triple que en Portugal para alguien que lleva 20 años.

    Lo que entiendo es que lo que no debería ser legal es que haya una tabla con un cálculo de despido independientemente del sector que trabajes y de tu situación y que un juez no pueda sobrepasarlo. Hasta dentro de unos meses no dejan ver la resolución para analizarla, según la noticia meneada. Por ahora solo sabemos lo que nos dicen los políticos.

    Según ha adelantado El País, la resolución del órgano de justicia del Consejo de Europa va en la línea de que la normativa española no es suficientemente reparadora ni proporcional al daño que producen los despidos declarados improcedentes mediante sentencia porque fija de manera predeterminada y única la cuantía y el cálculo de la indemnización. Aunque el contenido exacto del fallo del CEDS se conocerá dentro de unos meses, se prevé que la legislación afectada sea, fundamentalmente, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  41. #33 Ahí es donde voy. El smi y el despido no es síntoma de nada para que vaya bien o mal un país. Y hasta que no salga la sentencia no podemos saber más de lo que dice UGT
  42. #22 Vamos, que ya sabemos que es lo "vinculante" de este organismo. Eso sí, de acuerdo con el primer enlace con la condena que es vivir endeudado, a ver si se ponen la pila y corrigen el déficit presupuestario nuestros políticos.
  43. #30 Que esto que cuenta de la UGT no está oficialmente publicado y lo de que sea vinculante hay que verlo. Porque es como dices, hay países con muchos menos derechos que España y no hablo de países del Este que acaban de caer en la UE, sino los países ricos del Norte de Europa.
  44. #33 Sí, restricciones de precios pueden afectar a que haya desajustes entre oferta y demanda. Justo en el país con más paro de Europa no estaría de más investigar un poco.
  45. #38 Que es un organismo que no vale para nada. Lleva 20 años la izquierda española dando la matraca con que España incumple resoluciones de este organismo respecto al SMI, lo cual es absurdo porque hay muchos países de la UE que directamente no tienen SMI.
  46. #25 Por el motivo que indica en la propia resolución:

    "El Comité señala que el límite máximo de los baremos de indemnización no permite conceder a un trabajador una indemnización superior en función de todas las circunstancias, ya que los tribunales solo pueden ordenar una indemnización dentro de los límites del baremo"

    Digamos que según el dictamen, se paga arreglo a unas tablas que no tienen en cuenta las circunstancias personales y de cada caso.

    Si no recuerdo mal, esto viene por una queja que puso UGT porque las empresas al despedir echaban mayormente a la gente que llevaba poco tiempo.

    Ellos creen que eso se soluciona subiendo las indemnizaciones por despido también a la gente que llevaba poco tiempo, cuando curiosamente el tema de despedir siempre a la gente que lleva poco es una consecuencia precisamente de las altas indemnizaciones por despido cuando una persona lleva muchos años en una empresa. Las empresas para no tener que pagar un pastón echando a alguien que lleve 20 años, prefieren echar a alguien que lleva 6 meses, aunque esa persona pueda ser 10 veces más currante y profesional que el que lleva 20 años (o no, pero el caso es que SIEMPRE van a echar al que lleva poco).

    Es decir, pretenden corregir la consecuencia de una política concreta, ahondando más todavía en esa política concreta en lugar de darle un par de vueltas al tema.

    -Si una empresa quiere despedir a alguien que lleva mucho tiempo, que le tenga que pagar un pastón

    -Vale, es que entonces las empresas van a echar a la gente que lleve poco tiempo

    -Pueess... que le tengan que pagar un pastón también aunque lleve poco

    -Eeer... okay

    Ahora falta ver la siguiente consecuencia.
  47. Lo que no me parece normal es que haya que pedir un préstamo al banco para despedir a una persona que no hace bien su trabajo. Y eso es lo que esta pasando.
  48. #45 Disculpa, pensaba que era una discusión entre adultos que sabían consultar fuentes, y no preguntar a una puñetera IA.

    tpcabogados.com/nuevas-indemnizaciones-de-despido-en-francia-para-2018
  49. #17 En mi caso dicha indemnización mayor solo aplica hasta la entrada en vigor de la reforma de 2012. Es decir, si me despiden cobraría una indemnización de 44 días por los años trabajados hasta 2012, y 33 a partir de ese año.
  50. oye! qué bueno sería que el gobierno en vez de regalar salarios a gente que quiere vivir del cuento lo hiciera a aquellos que ya trabajan pero caen enfermos o a aquellos que dejan de trabajar por el motivo que sea. Pienso que sin duda es necesario mucho más que la renta básica esta clase de medidas :-)
  51. #50 como curiosidad, me ofrecieron un despido objetivo mejorado de 22 días xD

    Me parecieron hasta tiernos.
  52. Para mí en cuarentena esta no noticia, de momento. No hay ninguna resolución del ESCR a día de hoy al respecto. Estos son los mismos que hace unos cuantos años decían que era urgente que el SMI español llegara al 60% del salario medio o mediano (medio o mediano según el día que pilles a Yolanda te dirá que uno u otro, cosas de gallegos, supongo), cuando hay varios países de la UE que directamente no tienen SMI y, salvo quizá Francia, nadie alcanzaba ese 60% que era urgente para España.

    Me pregunto qué dirán estos del ESCR de la legislación laboral danesa o austriaca... Debe haber resoluciones durísimas al respecto, o no. Quién sabe.
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