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A Propósito de las Resoluciones 2159 y 2207 de la AFIP

Llama la atención la exigencia contenida en el art. 2º inc. "a" punto 2, de la Resolución General 2159, que establece para los administradores de consorcios, la obligación de denunciar ante AFIP a los consorcistas morosos.

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