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La Inspección de Trabajo prepara sanciones y una campaña contra las empresas que despiden al acabar el periodo de prueba del trabajador

La Inspección de Trabajo prepara sanciones y una campaña contra las empresas que despiden al acabar el periodo de prueba del trabajador

La campaña va dirigida a empresarios que echan a sus empleados justo al cumplirse seis meses de contrato, el final del periodo de prueba. Se ha multiplicado hasta por nueve el número de despidos justificados en no superar la fase de prueba

| etiquetas: periodo de prueba , contratos , despidos , empresas , trabajo
Un "periodo de prueba" de 6 meses... Seguro que tiene alguna explicacion imaginativa.
#2 Se llama periodo de prueba porque es la empresa está probando si puede funcionar con trabajadores temporales solamente.
Supongo que se referirán al mal uso en casos concretos, como el que cita el artículo, de una persona que ya había estado trabajando en la empresa realizando las mismas funciones.

Quizás lo que debería regular y vigilar es la contratación encadenada de trabajadores y su despido al finalizar el período de prueba, que me imagino que antes de los seis meses ya debes saber si es apto o no.
Sin querer defender a según que empresas, justo el periodo de prueba es eso, ¿no? Me refiero a que si pasado ese periodo la empresa no le contrata será por que no les merece la pena.
#3 En la empresa que trabajo se abusa de ello, para puestos de menor importancia o no muy complicados. Tienes a la gente 5 meses y medio y luego a la calle, contratatas a otro y así. Entre eso y gente que tiene "intership" de 6 meses vas sacando curro liviando de forma barata.
Dicen desde el ministerio que "al tratarse de conductas consumadas no procede realizar ningún tipo de advertencia o recomendación", sino que lo que llegarán son sanciones sin previo aviso.

Acohonante...o sea, sacan una ley que dice seis meses de prueba, las empresas extinguen el contrato en esos seis meses que marca la ley....y la inspección dice que es ilegal...así, sin pruebas, sin presunción de inocencia ni nada. Cascajo al tanto y ahora patalea si quieres.

Precioso todo, oiga, precioso, ni pruebas, ni presunción inocencia ni versos en latín...¿cumples la ley? ¡pues toma jarabe que lo que estás haciendo es ilegal!
#5 Enhorabuena, acabas de descubrir el fraude de ley. www.conceptosjuridicos.com/fraude-de-ley/
#7 Oh, no, lo conozco perfectamente.

E igualmente sé que hay que demostrarlo, no darlo por hecho, que es lo que está haciendo la Inspección: primero te sanciono, y ahora si eso vas y me demuestras que no es fraude de ley.

Y claro, uno se sienta, piensa y dice: ¿perdón? Si eres tú quien sanciona serás tú quien tenga que demostrar que he infringido la ley, no invertir la carga de la prueba y que sea yo quien tenga que demostrar que actúo conforme a ley.
#8 Creo que estas obviando la parte final de la noticia donde te explican como detectan los casos, en los que se ve que es evidente la mala fe. Detectan los casos por patrones, no por el mero echo de echar a alguien en el periodo de prueba.

En el texto del plan del Ejecutivo al que hemos tenido acceso se describe un patrón de "posibles incumplimientos" ya que se alega esa falta de superación incluso en casos en los que los trabajadores, señala el documento, "previamente ya

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Temblandito están... :roll:
¿Donde estaba Inspección de Trabajo en Sevilla durante la feria de Abril? :troll: :troll: :troll:
#9 En la feria
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menéame