El jurado popular ha declarado culpable al anciano de Porreres que mató a un ladrón en su casa. Por cinco votos a favor y cuatro en contra, considera que Pau Rigo es autor de un delito de homicidio por el que el fiscal reclama tres años y nueve meses de cárcel. El mismo jurado ha estimado por ocho votos a favor y uno en contra pedir un indulto al Gobierno para que exima de culpa al hombre.
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Pero el quid de la cuestión es la proporcionalidad de las medidas al delito del que uno es víctima. Puede aceptarse una legítima defensa de un puñetazo frente a alguien que te intenta robar el móvil, pero no un tiro en la cabeza.
Como bien dice #18 es muy difícil conseguir una eximente completa en homicidio por defensa de meros bienes.
No se aclaran.
Si yo fuese el juez encargado de enjuiciar a los activistas que ayer en Barcelona le jodieron el traje a unos buitres de un fondo ídem, me vería obligado a condenarlos con la ley en la mano, y lo haría; pero al mismo tiempo informaría favorablemente de un indulto.
Aunque hablaba de que en general quiero que los jueces hayan vivido, ponía como ejemplo el juez que jamás se ha peleado o le han atizado y se cree que puedes calcular los kilopondios de una hostia en el momento para determinar su proporcionalidad.
Soy practicante de boxeo y sé de lo que va. Pero también sé que pese a todo, no se me ocurre una mejor alternativa. El hacer automáticamente impune cualquier defensa de domicilio puede ser mucho peor que lo que tenemos ahora.
Si ya estaban saliendo, ya no necesitaba defenderse, así que no habría defensa propia. A no ser que defender tus propios bienes, los que llevaban en la mochila, se considere defensa propia, que lo desconozco totalmente.
¿Te has vuelto un rojo?
- ¡Agresión ilegítima!
- ¡Lo veo y subo a habeas corpus!
- ¡Jajá, veo tus habeas y lo sumo con non bis in idem!
- ¡Hijoputa! ¡Pues te saco legítima defensa, pintan bastos!
- ¡Toma, cabrón, miedo insuperable, cuarenta en copas!
El miedo insuperable es bastante más difícil de probar que la legítima defensa. Y además, una cosa no quita la otra. Los abogados no tenemos que elegir. Alegamos legítima defensa, miedo insuperable, trastorno, alcoholemia o lo que haga falta, todo a la vez.
Por otro lado, no sé si tienes claro lo que significa homicidio, porque puede darse sin problema un homicidio en defensa propia, no hay incongruencia ninguna. Homicidio simplemente significa que por tu acción u omisión alguien ha muerto, incluso puede ser que sin querer (homicidio por imprudencia).
De todas formas, prefiero que dé su opinión por aquí @PasaPollo sobre este asunto.
El paisano tuvo suerte de no acabar él muerto, porque si ya se estaban yendo y aún encima después le quitaron el arma fue una decisión de mierda. Aún así no le condenaría, porque si asaltan tu casa con tu familia dentro es imposible actuar racionalmente.
Por la misma razón de que si alguien te escupe en la cara sin motivo, y le cortas los testículos con una victorinox, tras lo cual, se los introduces, aún ensangrentados en la boca, no podrías alegar defensa propia..... pues si alguien entra en tu casa, y te golpea para robarte, en principio, no puedes descerrajarle un tiro en el estómago y matarlo.
Son cosas que la ley contempla como proporcionalidad del medio.
El botón que sugieres, o al menos la posibilidad de practicarle donaciones, es una idea cojonudísima para mitigar el coñazo que le damos.
Lo cual es una putada. Yo no creo que este señor sea una mala persona ni nada parecido, es una víctima también.
¿No quieres terminar muerto? no entres a robar en casa de nadie.
Si te toca un jurado popular, date por condenado. Es como si te juzgara ForoCoches o Menéame.
Lo que dice la ley ya lo sé, lo que aquí digo es que es injusta.
Edito: @admin, no poder citar a este antiguo usuario, el que tenido que separar con guiones, es una vergüenza.
Incluso si no se logran recuperar los objetos o el dinero, no puede compararse su pérdida con la de una vida humana.
No es tan difícil de entender.
Pd. En el improbable caso de que una persona considere que sus posesiones tienen un enorme valor, mayor que la vida de los demás, lo razonable es que las tenga aseguradas ante posibles robos.
5 a 4 no es suficiente para condenar a nadie por jurado en España
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-12095#a59
Artículo 59. Votación sobre los hechos.
1. El portavoz someterá a votación cada uno de los párrafos en que se describen los hechos, tal y como fueron propuestos por el Magistrado-Presidente. Los jurados votarán si estiman probados o no dichos hechos. Para ser declarados tales, se requiere siete votos, al menos, cuando fuesen contrarios al acusado, y cinco votos, cuando fuesen favorables.
Condenan al que defiende su casa...pero bueno...de la cárcel se sale (si es que entra), del cementerio no.
Por otro lado, como dice #10, esta gente, el jurado popular,suele ser designado por sorteo y después cribados por los abogados de la defensa y acusación. (A no ser que se haya modificado todo esto).
Si te pones en ese plan, moralmente nadie tiene por qué permitir que un grupo de ricachones dirijan el mundo hacia un estado catastrófico para preservar sus beneficios capitalistas durante unos años. Estarías justificando el asesinato de los dirigentes de cualquier industria que destruya la habitabilidad del planeta.
Las sociedades humanas sanas tienen normas. Y una norma es que te parezca algo moral o no, no tienes derecho a matar a nadie.
Si no te gusta, en EEUU seguro que te recibirán con los brazos abiertos y las armas cargadas.
Si se queda quieto su vida no corre peligro, en ningún caso. Así que matar a alguien cuando ni tu vida ni tu integridad física corre peligro no es proporcional.
Bien que hizo defendiéndose cuando todavía podía defenderse, más vale un mierda en el cajón, que tú o tu señora.
Indulto de urgencia para este señor.
Se fuerte Luis
Al menos hacía un esfuerzo por entender lo que estaba viendo. Porque a veces sale cada titular que es la leche.
opinionjurados.blogspot.com/2012/01/kevin-carter.html
Te diré por qué yo no considero que deba aplicarse eximente automática:
1- Porque sería una carta blanca para matar a alguien alegando que invadió tu domicilio, y a saber si no lo has invitado tú.
2- Porque los ladrones, sabiendo que los propietarios pueden defenderse con cualquier medio, serían mucho más brutales a la hora de allanar una morada. Podemos trazar un paralelismo con EE.UU y cómo la manga ancha con armas y defensa hace una sociedad más peligrosa y no al revés.
www.mundojuridico.info/circunstancia-eximente-de-miedo-insuperable/
Según lo que describe el artículo y por lo poco que sé de leyes en este caso debería aplicar. Ha pasado en algún juicio que el abogado ha metido la pata y no lo ha alegado. Con cuatro asaltantes contra una pareja de ancianos, me parece más que justificable salvo que falte algo que no cuente el artículo (por ejemplo que el señor los encañone y una vez quietos, dispare a sangre fría)
Cero pena me da del muerto la verdad.
Entran a tu casa por la fuerza, te golpean, golpean a tu mujer, te intimidan, te roban... no es lo mismo? Que harías tú si entran unos encapuchados en tu casa, te amenazan y pegan a tu mujer? Les haces un masaje y le ofreces un bocadillo?
Agresión ilegítima
Que no haya sido provocada
Y que el medio utilizado para repelerla sea proporcional a la agresión
Teniendo esto en cuenta no puede aplicarse la eximente de actuar en legítima defensa, aunque podría aplicarse como atenuante (que me imagino que se habrá tenido en cuenta)
Disparar cuando alguien se aleja corriendo de ti es homicidio.
está exento de responsabilidad criminal todo aquel que actúe en defensa de derechos propios o ajenos, así como de su propia persona o de otra
Este hombre estaba defensando a su mujer y su dinero.
Si la legislación no contempla este caso como legítima defensa, deberíamos cambiarla inmediatamente.
Si alguien no quiere que lo maten cometiendo un robo es algo bien sencillo: que no robe.
Estamos muy acostumbrados a este tipo de sucesos en USA donde consideran defensa propia cualquier cosa
¿Somos conscientes de que juzgar solamente en base a nuestra moral y no conforme a la ley es prevaricación de libro?
Años después, el peatón se lo encuentra por la calle y presa de la ira repentina le atiza un golpe en la cabeza con la muleta que requiere tratamiento.
¿Hay que condenarlo por lesiones? Sí
¿Apoyaría yo un indulto? Sí
La pena me parece completamente proporcional dados los hecho, no le están poniendo cadena perpetua