edición general
9 meneos
68 clics
Este envío tiene varios votos negativos. Asegúrate antes de menear

Según el PP, el hermano de Pedro Sánchez trabaja en la Diputación de Badajoz y podría tributar en Portugal

El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez, ha sido noticia en muchas ocasiones al ostentar un puesto en el área cultural de la Diputación de Badajoz, gobernada por el PSOE. En esta ocasión, el PP extremeño ha puesto el foco en su residencia, que estaría establecida en la localidad lusa de Elvas, por lo que, aun cobrando de fondos públicos, no tributaría en Extremadura.

| etiquetas: hermano de pedro sánchez , portugal , teletrabajo. impuestos , rubios
¿Y que ley se está saltando?
#2 Que dice el partido con más casos de corrupción de Europa que a lo mejor los demás también son corruptos y que eso los justifica para seguir robando....
No es una noticia, es un chiste jajajaja
#2 Ninguna, pero al PP le parece raro que alguien haga las cosas como se deben hacer, si tu residencia habitual está en Elvas (localidad portuguesa) debes tributar allí, lo contrario sería un delito. Pero es el PP, una mafia camuflada bajo un partido popular, así que usará lo que sea para conseguir el poder.
#15 Pregunto:

Si tú trabajas para una empresa (la Administración) española, que está afincada en España, cobrando un sueldo de esa empresa por un trabajo que se desarrolla en España aunque sea de manera telemática, ¿no deberías tributar en España? Otra cosa son los youtubers, por ejemplo, que "trabajan en internet", e internet no está, físicamente, ubicado en ningún país concreto.
#21 No. El criterio es la residencia efectiva
#2 No sé si será funcionario o personal laboral, pero está esta:

La Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP), dispone en el apartado tercero de la Disposición Final Cuarta:
“Hasta que se dicten las Leyes de Función Pública y las normas reglamentarias
de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las
normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos
humanos en tanto no se opongan a lo establecido en este…   » ver todo el comentario
#19

“1. Los funcionarios deberán residir en el término municipal donde radique la oficina, dependencia o lugar donde presten sus servicios.

Prepárate a despedir a un gran número de los funcionarios españoles entonces., empezando por el registrador de Santa Pola que estuvo décadas viviendo en Madrid.
#20 Eso es mentira. Yo soy funcionario y he vivido, con conocimiento de la administración, en otro municipio.

Lo que se requiere es que, en ese caso, se comunique.

Esto es relevante,por ejemplo, en el caso de un accidente "in itinere".

De hecho, el procedimie to es la solicitud de permiso para residir en otro nunicipio, que siempre se concede.
#31 Trabajes dónde trabajes debes comunicar a tu empresa tu residencia, por el motivo que dices.
#18 Elvas está a menos de media hora de Badajoz. Millones de personas tardan más en ir a sus puestos de trabajo a diario.

Y Portugal no es un paraiso fiscal ni nada por el estilo.

#19 por lo que parece esa ley está derogada. Yo he buscado el Estatuto Básico del Empleado Público y no figura nada de eso.

Lo que es lógico, miles de funcionarios lo estarían incumpliendo. Por ejemplo, buena parte de los funcionarios que trabajan en Madrid viven en municipios cercanos.
#24 En Madrid se considera valido el ambito de influencia.
#27 ¿En qué ley pone eso?
#2 La misma ley que el rubius o auronplay, ninguna. Pero que es otro patriota de pulserita que cambia su país fiscal para ahorrarse dinero en impuestos, pero que en este caso a la izquierda le da igual porque es de lo suyos.
Según el PP jajajajajajajajajajajajajajajaj
Vaya chiste más bueno
#1 en su Declaración de Bienes y Actividades, documento que es "público", declara no estar obligado a presentar ni IRPF ni el Impuesto de Patrimonio en los años 2021 y 2022.
#4 Todo eso también según el PP...anda que no se consuela el que no quiere jajajajajajajajajaja
La corrupción según el PP jajajajajajajajajajajaja
#5 Es un documento público.
#10 Tú lo has visto o hablas según el PP?
#12 si no existiera ese documento público ya estaría desmentido
#23 Sí, como la financiación de Podemos por Venezuela, años de bulos sin sonrojarse
#1 Perrodismo de calidad ...
Pero seguro que es David Sánchez hermano de Pedro Sánchez?

A ver si va a ser David Sánchez, fontanero de Alpedrete.
Que bonito es elvas, no os lo perdaís si pasaís por la zona.
Lo de "según el pp" es un poco tendencioso. Se ha comprobado que vive y tributa allí. Que tiene tal patrimonio, sueldos, trabajo en el Real y en la diputación, todo en remoto, etc...

Lo que no es muy de recibo es criticar al youtuber o deportista de turno por irse a vivir a otro país y montar una especie de caza de brujas, cuando tienes esto en casa (y con dinero de todos, BTW).  media
#18 Estoy un poco confundido (y puede que realmente lo esté del todo) pero, mire donde lo mire, me sale que en Portugal se paga más impuesto que en España. La diferencia de 76.000 € de la que hablas, ¿a qué se puede deber?¿Por tramos quizás?
#28 Es la cifra que han sacado en los medios. Que es de donde la coge el meme. Esto ya salió hace algunas semanas que es uno de los motivos por los que algunos miembros del gobierno se pusieron tan estupendos con eso de no hablar de los familiares... Mientras hablaban de los familiares de otros.

Es probable que sea por los tramos más una suma de otros impuestos directos e indirectos que se ahorre o que sean de menor cuantía.
Periodismo del bueno contrastando la información. "Según el PP" dicen. :clap: Se les nota pelín desesperados con querer tapar lo de Ayuso.
¿Eso es todo lo que tienen contra Sánchez?.
¿Es el padre de Carceller?

Tributar en Portugal está bien si vives o duermen en Portugal.
Los peperos son quienes viviendo y durmiendo en España declaraban su residencia en Portugal para tributar menos.
"Según el PP": lo de contrastar la información para comprobar la realidad de la misma lo dejamos, que eso ya no se lleva en "periodismo".
¿Es hermano de Marcos de Quinto?
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24001
CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA

Artículo 1. Ámbito subjetivo.
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.

Artículo 2. Impuestos comprendidos.
1. El presente Convenio se aplica a los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los Estados contratantes,
......
comentarios cerrados

menéame