Tener un bien inmobiliario sin uso es ilegal según la normativa belga, que tenía 20 años pero que nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. La reforma de 2022 cambió las condiciones y a partir de entonces desde que un bien es requisado ya no puede ser devuelto al propietario original hasta pasadas décadas
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etiquetas: bruselas , viviendas vacías , ley
- o bien gestionadas por una empresa de Florentino
- inmatriculadas a favor de la iglesia
Pisos que no se utilizan para residir, o incluso vacíos, fuera del mercado inmobiliario, son los que no están en uso.
Pues entonces lo que habra que hacer es descentralizar y deslocalizar las empresas y oficinas y que se vayan a otras zonas menos tensionadas... En España hay mucho terreno para moverse. O en su defecto dar teletrabajo 100%
El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.
Como buen español que pareces por tu pulserita, deberías llevar siempre encima una copia de la constitución.
Que raro que #_28 me tenga en el ignore . Normalmente los cibervoluntarios de derechas me adoran.
Me cuelgo de #26
Si quieres crear una normativa en tu ciudad que diga que toda vivienda debe estar ocupada, estás en tu derecho, pero deberá aplicarla a aquellos que compren una vivienda desde el momento en que la normativa está vigente, conscientes de los términos en que la adquieren. Aplicarla retroactivamente es simplemente quitarle por las bravas el derecho de propiedad.
Es como obligar hacer alquileres sociales.
Tengo que admitir que se me ha puesto bastante morcillona al leer esto.
En España lo garantiza la Constitución
¿que no se quiere hacer? Tranquilidad, que esto tarde o temprano va a reventar. Por un lado o por otro, el sistema es insostenible.
Y esto son los datos de Santiago de Compostela, ciudad turistica de estas que el alquiler esta por las nubes, tanto que los estudiantes ya tienen que irse a vivir a otra ciudad para poder pagar el alquiler:
El número de viviendas vacías en la capital gallega asciende a un total de 6.198, lo que supone que una de cada diez de las 56.746 contabilizadas en Compostela están deshabitadas, en concreto el 10, 92 %, según se desprende del último censo del Instituto Nacional de Estadística con datos referentes a 2021
Un 11% de vivienda vacia.
Beginning in 2021, researchers first cross-referenced data such as water usage and energy bills to estimate that there were between 17,000 and 25,400 vacant residencies in the Brussels-Capital Region, 10,000 of which were "suspicious". Out of a test sample of 5,000 residencies, 342 were deemed illegally unoccupied (to keep a residential property vacant violates the Brussels Housing Code).
Using this model, the report found that between 0.7% and 4.6% of Brussels residential properties qualify as illegally vacant. Between 0.2% and 1.6% of these cases can be punished by law – so between 720 and 9,000 apartments or houses. Researchers believe that the market is therefore deprived of about 4,500 homes given its population density.
www.brusselstimes.com/941592/brussels-deprived-of-4500-unfairly-vacant
Las 4.500 viviendas pertenecen a la Región Capital de Bruselas, es decir, a una población de 1.2 millones de habitantes, que es lo que todo el mundo conoce como Bruselas.
En las ciudades con alta demanda habitacional apenas hay viviendas vacías. Es un falso mito al que se llega sumando las viviendas de lugares donde no quiere vivir nadie.
Poco derecho fundamental está limado aquí.
Huele.
#49 Ah. Te habías dado cuenta.
Pero ese es un proceso orgánico y libre. Pretender solucionarlo mediante imposición legal no solo va contra la libertad de los actores implicados, sino que además termina en situaciones deficientes.
¿Se ha acordado con los dueños de las viviendas afectadas la modificación legal? No. Se ha hecho unliateralmente.
Si no podemos estar de acuerdo ni en las definiciones más básicas y evidentes poco recorrido tiene esta conversación.
Por cierto, mi comentario #69 iba para #_12, que por lo visto me tiene ignorado.
Creo que el que se confunde eres tu entre lo que es región (comunidad autónoma) de Bruselas con la ciudad.
El municipio de bruselas (al que hace referencia el articulo, pues es el ayuntamiento/alcaldía en cuestión) solo tiene 180.000 habitantes.
es.wikipedia.org/wiki/Bruselas
es.wikipedia.org/wiki/Región_de_Bruselas-Capital
Edito: la requisa también debería entenderse como una especie de expropiación pero en fin, esos términos habría que cogerlos con pinzas porque pueden llevar a confusión.
Por otra parte que problema hay en robarle a la gente propiedades si muchas de ellas serán absolutamente inhabitables.
Es la única forma de hacer que los alquileres bajen y de paso se puedan hacer leyes que apoyen al arrendador, pues los inquilinos tienen otras opciones.
"Tenía 20 años, pero nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. Cuando un ayuntamiento requisaba un bien y lo reformaba para alquilarlo, el propietario podía reclamarlo de nuevo recién reformado y antes de ser alquilado. Así, ningún ayuntamiento, contaba este lunes el diario belga Le Soir, se atrevía a empezar el proceso porque podía terminar sufragando la reforma a un particular.
La reforma de 2022 cambió las condiciones y a partir de entonces desde que un bien es requisado ya no puede ser devuelto al propietario original hasta pasadas décadas."
Todas las nuevas promociones acaban igual, un buen ejemplo es Nou Llevant, un barrio que de toda la vida ha sido obrero, en el que se han construido una burrada de nuevas viviendas, y todas vendidas a especuladores extranjeros, unas pocas ocupadas con alquileres absurdas y casi todas vacías:
www.ultimahora.es/noticias/palma/2024/02/20/2109743/palma-contrastes-n
Es solo un ejemplo, hay muchos más, todas las nuevas promociones de pisos nuevos o reformados en el centro de Palma están corriendo con la misma suerte. Barrios obreros de toda la vida convertidos en nichos para 4 hipsters millonarios y casi todas las viviendas vacías.
Luego te piden 800€ y 1000€ por un pisucho de mierda en las afueras de la ciudad, y tienes que tragar porque sino te tienes que ir a la otra punta de Mallorca y gastarte la diferencia en gasolina, además de perder 2 horas al día en el coche. Pero eh, que contentos están los alemanes!!!
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El problema es que eso es robar. Ni más ni menos.
Que haya que explicar que esto es inmoral tiene tela.
Buen ejemplo.
Si quieres te hago un croquis.
Tu tienes una casa, vives en ella, la disfrutas, tuya es, y nadie te la va a quitar. Si no la usas, entiendo que es para especular y a especular te vas a comprar yates, o joyas u obras de arte. Viviendas, no. Y si por lo fuera, nadie tendría más de dos viviendas a su nombre.
"Está en el capítulo de la constitución donde SÍ están los derecho fundamentales."
Y no, no puedes abusar de ningún derecho que te otorgue la propia Constitución Española ni ninguna otra normativa de rango inferior.
Podéis seguir defendiendo a capa y espada ese derecho a la propiedad privada que hacéis algunos pero sin tener en cuenta el resto de normativa alrededor de ella que la desarrolla estaréis haciendo el ridículo.
No en este país, ni aun siendo europeos.
no veo en la constitución donde pone que tienes derecho a tener una vivienda vacía para hacer negocio con ella a costa de los derechos de los demás ciudadanos.
Está en el capítulo de la constitución donde SÍ están los derecho fundamentales.
Artículo 53
Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).
Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Ahora busca dónde está el 33 con todos sus puntos y dónde el 47. ¡Hoy has aprendido algo!
Lo que tú llamás robar, otros lo llaman justicia social.
Tenía 20 años, pero nunca se había aplicado porque la propia redacción de la norma tenía una trampa. Cuando un ayuntamiento requisaba un bien y lo reformaba para alquilarlo, el propietario podía reclamarlo de nuevo recién reformado y antes de ser alquilado. Así, ningún ayuntamiento, contaba este lunes el diario belga Le Soir, se atrevía a empezar el proceso porque podía terminar sufragando la reforma a un particular.
Ahora sigue contándome que no se entender no se qué.
Lo que sí entiendo muy bien es tu ansia por tener la razón si o si
¿el piso de una señora mayor que ha de vivir en una residencia o en casa su hijo pq su estado de salud no le permite vivir sola, tmb seria requisado?
www.constituteproject.org/constitution/Belgium_2014#:~:text=Article 16.
articulo 16
www.dlapiperrealworld.com/law/index.html?c=BE&t=sale-and-purchase&
resourcehub.bakermckenzie.com/en/resources/global-corporate-real-estat
Si encuentro algo diferente lo publico.
¿Ah, no? ¿Y qué pasa con los millones de viviendas de esos pobres propietarios asustados que no se atreven a alquilarlas porque las leyes protegen mucho a los inquilinos y no les permiten subir el alquiler para sacar rentabilidad?
Especula en Bolsa, con bitcoins, oro, mercado de futuros, locales comerciales, viviendas de lujo, etc.
¿Qué? ¿Te parece bien que se la apropien?
Porque tenemos claro que si son casas pertenecientes a empresas entonces ahí lo que prima es el negocio, no otra cosa, y podemos tratar de más o menos forzar las cosas, o más que forzar el tratar de "invitar" a que pasen cosas. No obstante me sigue pareciendo que la propiedad privada es algo que se debe respetar.
Ahora ¿te parece bien que se hagan eso con propiedades de particulares? Yo no lo veo.
Tengo yo unos familiares (todo a nivel español, claro) que se han pasado toda la vida de adultos viviendo en la otra punta del país respecto a donde nacieron. Ahora, ya bien jubilados, tienen casa en donde nacieron pero también el piso donde trabajaron ¿deberían según tú decidirse por una u otra nada más? Se pasaban casi todo el año en su lugar de origen, apenas estaban un mes en la otra casa. Desde la pandemia incluso menos, algún año ni van. ¿Deberían dejarle la casa a otros y quedarse sin ella? ¿Cómo va la cosa?